28 May Subsidio de Retiro
Subsidio de Retiro
Resolución
Aprobación por parte del Directorio de CAFAR
Plazo
Si la documentación es la correcta y está completa, se presentará en la primera reunión de Directorio posterior a la presentación para su aprobación.
Requisitos
Condiciones para su obtención:
Ser afiliado de CAFAR Jubilado Ordinario, Extraordinario, donde CAFAR resulte Caja Otorgante; y activo que falleciere en actividad.
Documentación necesaria
– Solicitud del Subsidio de Retiro confeccionada por el beneficiario.
Beneficios de la Prestación
El importe del Subsidio, a pagar por única vez, será equivalente hasta mil quinientos (1.500) módulos al valor del módulo vigente a la fecha en la cual se adquiere el derecho a la percepción del beneficio jubilatorio.
Forma de Pago
El cobro del Subsidio se realizará dentro de la primera liquidación del beneficio jubilatorio.
Contacto
Sector Prestaciones. prestaciones@cafar.org.ar – Tel 442-0000 opción 1
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