28 May Subsidio Especial y Transitorio de Ayuda a Jubilados de CAFAR Alojados en Establecimientos Geriátricos
Subsidio Especial y Transitorio de Ayuda a Jubilados de CAFAR Alojados en Establecimientos Geriátricos
Inicio
Presentando la documentación requerida completa.
Resolución
Aprobación por parte del Directorio de CAFAR
Plazo
Si la documentación es la correcta y está completa, se presentará en la primera reunión de Directorio posterior a la presentación para su aprobación.
Requisitos
Condiciones para su obtención:
Ser Jubilado de CAFAR. Cumplir con el Art. 2º del Reglamento de Condiciones Generales para Subsidios
Documentación necesaria
- Nota Solicitando el Subsidio.
- Certificación original expedida por el establecimiento donde el Farmacéutico Jubilado se encuentra alojado, que acredite tal circunstancia.
- Copia de la última Factura de Pago del Establecimiento Geriátrico.
- Cualquier otra documentación que se considere relacionada con el caso
Beneficios de la Prestación:
El importe mensual de este Subsidio será de hasta doscientos (200) módulos y se abonará a partir del mes en que el Directorio de CAFAR resuelva su otorgamiento. (Art. 4º del Reglamento del Subsidio)
El Jubilado deberá enviar cada 4 meses a CAFAR los comprobantes de su permanencia en el Geriátrico.
Forma de Pago
CAFAR acreditará el importe correspondiente en la cuenta de Caja de Ahorro abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires para el cobro de los haberes jubilatorios.
Contacto
Sector Prestaciones. prestaciones@cafar.org.ar – Tel 442-0000 opción 1
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